Detective&Perito

DESPACHO

AUC es un despacho legalmente habilitado con RNSP 10939 que ofrece servicios de investigación privada y pericia judicial en la Costa del Sol a nivel nacional e internacional. Se factura en base a precios cerrados con un plus por resultados ratificando judicialmente los informes emitidos ante los tribunales competentes. El cliente está amparado en todo momento por el secreto profesional. English spoken. 


SERVICIOS

Competencia desleal - Bajas fingidas - Barridos electrónicos - Cliente misterioso - Hurtos internos - Solvencia económica - Delitos (semi) privados - Pensión compensatoria - Custodia de menores - Pensión alimenticia - Conductas dudosas - Rendimiento laboral - Localizaciones - Actividades en B - Información comercial - Pericia caligráfica - Peritación de viviendas - Tasación de bienes inmuebles - Actividades molestas - Convivencia marital - Infidelidades - Ludopatías - Acoso escolar - Verificaciones - Uso de la vivienda familiar - Pruebas de paternidad - Anónimos - Herencias - Adicciones - Vigilancias no uniformadas - ETC


MARCO LEGAL

La profesión del Detective y/o Perito, se encuentra regulada en España por: 

  • Ley 5/2014 (art 48) -> Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos: 

a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos. 

c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.

  • LEC (art 265) -> A toda demanda o contestación habrán de acompañarse: 

4º Los dictámenes periciales en que las partes apoyen sus pretensiones, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 337 y 339 de esta Ley. En el caso de que alguna de las partes sea titular del derecho de asistencia jurídica gratuita no tendrá que aportar con la demanda o con la contestación el dictamen, sino simplemente anunciarlo de acuerdo con lo que prevé el apartado 1 del artículo 339.

5º Los informes elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllos apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical.