Servicios jurídicos
En una sociedad donde la información es poder la labor de los detectives se ha vuelto clave. Los detectives privados han sido reconocidos, en distintos textos legales y sentencias, como los únicos legitimados para aportar pruebas a instancia de parte. Para hacerse una idea de de las funciones de estos nada mejor que remitirse a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada que dice lo siguiente:
"Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:
a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal".
Asimismo, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 265: "A toda demanda o contestación habrán de acompañarse los informes elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados sobre hechos relevantes en que aquellas apoyen sus pretensiones" así como en la jurisprudencia valorándolos como "medio de prueba, de habitual utilización ya, y en ocasiones, instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigibles al trabajador (Tribunal Supremo, sentencia de 6 de Noviembre de 1990).
También la Ley Rituaria Procesal autoriza a las partes a valerse de cuantos medios de prueba se encuentren regulados en la Ley, admitiéndose como tales medios mecánicos de reproducción de la palabra, de la imagen y el sonido, salvo que se hubieran obtenido por procedimiento que suponga la violación de derechos fundamentales y libertades públicas" (Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sentencia de 5 de Mayo de 1993).
Además, los tribunales añaden que "lógicamente, el testimonio emitido por los detectives privados tiene, a favor de su veracidad, no solo la garantía de profesionalidad exigible y en principio presumible, en una profesión reglamentada legalmente, sino también de la que, de modo innegable, proporciona la precisa y continuada dedicación al objeto del ulterior testimonio a emitir y las complementarias acreditaciones gráficas o sonoras de que suele ir acompañada" (Tribunal Supremo, sentencia de 6 de noviembre de 1990).
Respecto a los límites de la profesión otra sentencia dice textualmente "la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera legal que un organismo público contrate detectives privados para investigar a sus funcionarios durante su horario laboral, ya que ello no vulnera el derecho a la intimidad" (Tribunal Supremo, sentencia de 12 de Mayo de 1998).
A todo esto hay que recordar la excelente formación, de carácter multidisciplinar, recibida por estos profesionales siendo el detective privado español uno de los mejor preparados del mundo. Nos desplazamos allí donde sea necesario para resolver su caso, ya sea a cualquier otro punto de España o al extranjero y, por supuesto, ratificamos judicialmente nuestros informes en los tribunales. Ofrecemos presupuestos cerrados y/o por horas, según el tipo de caso.
Igualmente, ofrecemos asesoramiento y representación en procesos judiciales por abogados colegiados y con experiencia en asuntos de carácter penal y civil estando especializados en las reclamaciones por accidentes de tráfico.
Por ultimo, realizamos gestiones y trámites de diversa índole ante las administraciones competentes pero especialmente en la Oficina de Extranjería y en la Jefatura Provincial de Tráfico pasando por los ayuntamientos.